El Consorcio Museo de Arte Contemporáneo de Barcelona se rige por sus estatutos, por la reglamentación interna dictada para desarrollarlos y por la Ley de museos.

En los aspectos no previstos en los estatutos, se aplica supletoriamente la normativa aplicable a las entidades de derecho público de la Generalitat de Catalunya, que deben ajustar su actividad al ordenamiento jurídico privado.

La contratación del consorcio se rige por la legislación de contratos del sector público.

Contra los actos administrativos de los órganos del consorcio se puede interponer recurso de alzada ante el órgano superior jerárquico, salvo los acuerdos del Consejo General, que agotan la vía administrativa.

Estatutos del MACBA